El alquiler inverso, tendencia del 2023: nuevos beneficios fiscales
El alquiler inverso nace en 2016 como un nuevo sistema de financiación. En una población cada vez más envejecida, muchas empresas empiezan a poner foco en las necesidades del llamado Silver Economy. Surge entonces el concepto de “Alquiler Inverso”, a raíz de la necesidad de las personas mayores con dependencia que se ven obligadas a cambiar su residencia por otra con servicios de asistencia, pero sin recursos económicos suficientes, haciendo inviable esta opción.
Si este servicio existe desde 2016 ¿por qué es relevante que estemos hablando de él ahora? Porque, por primera vez, los PGE (Presupuestos Generales del Estado) ofrecen una serie de beneficios fiscales para el alquiler inverso. A continuación, explicamos en qué consiste, cuáles son estos beneficios y qué requisitos son necesarios.

¿En qué consiste el alquiler inverso?
A través de un contrato firmado ante notario entre la persona afectada y la empresa encargada de la financiación, se cierra un acuerdo en el que dicha empresa adelanta una cantidad cada 6 meses, con un interés de un 5,7% de forma generalizada, a cambio de que el o la interesada les entregue una vivienda para su alquiler, sin necesidad de perder la propiedad.
La deuda es saldada a través de la renta de los futuros inquilinos y el contrato continuará hasta que la misma sea abonada y se hayan cobrado los intereses (por lo que, en caso de que la vivienda sea heredada, no se podrá disfrutar hasta que finalice el contrato), o liquidando el importe pendiente como en cualquier otro préstamo. Este contrato podrá tener una duración concreta máxima o indeterminada.
Beneficios fiscales
Como hemos mencionado anteriormente, el contrato ha de formalizarse a través de una escritura pública y debe ser inscrito en el Registro de la Propiedad. Dicho esto, los beneficios fiscales decretados son:
- Bonificación del 50% en la aplicación de los aranceles notariales.
- Reducción del 90% en los gastos registrales.
- Exención de pago del Impuesto sobre las Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, que puede oscilar entre el 0,75% y el 1,5%.
- Tributación autonómica.
Requisitos
Las ventajas fiscales descritas aplican a un grupo de personas muy específico, por lo que para poder acceder a ellas habría que cumplir una serie de requisitos:
- Tener reconocido un Grado II o III de dependencia.
- Contar con una vivienda en propiedad.
- Que el inmueble cumpla con los requisitos mínimos para poder alquilarse.
Las rentas obtenidas del alquiler solo podrán destinarse a los cuidados asistenciales.
Tomando como referencia la pirámide de población actual española, que presenta una forma regresiva, es posible que nos encontremos ante un “nuevo” modelo de alquiler que podría revolucionar el sector inmobiliario en los próximos años. La tasa de natalidad es tan solo del 7,12%, mientras que la población mayor de 65 años supone un 20,2% de la población actual ¿Es el alquiler inverso la solución para un sector inmobiliario español resentido, entre otras cosas, por una sociedad envejecida?